Ley Concursal y normas complementarias

La Ley Concursal supuso, desde el momento de su promulgación, un importante hito en nuestro Derecho de la insolvencia, al instaurar un sistema concursal moderno y unitario, que a lo largo de los años ha ido experimentado reformas para una idónea adaptación a los cambios que su propia aplicación exi...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Civitas
Autor Corporativo: Civitas, Departamento de Redacción (-)
Formato: Libro
Idioma:Castellano
Publicado: Madrid Civitas 2016
Edición:6a edición
Colección:Colección de libros electrónicos de ULoyola
Libros electrónicos en Aranzadi
Materias:
Acceso en línea:Acceso al texto completo en Aranzadi
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Descripción
Sumario:La Ley Concursal supuso, desde el momento de su promulgación, un importante hito en nuestro Derecho de la insolvencia, al instaurar un sistema concursal moderno y unitario, que a lo largo de los años ha ido experimentado reformas para una idónea adaptación a los cambios que su propia aplicación exigía, y que han implicado su desarrollo normativo en temas tan cruciales como la regulación de la retribución, con arreglo a arancel, de los administradores concursales (RD 1860/2004, de 6 de septiembre); la exigencia de un seguro de responsabilidad civil para poder actuar como administrador concursal (RD 1333/2012, de 21 de septiembre), y la garantía de la publicidad de las resoluciones procesales que se adopten a lo largo del proceso concursal, así como de las negociaciones que se lleven a cabo en el mismo, asegurada por el Registro Público Concursal (RD 892/2013, de 15 de noviembre), que asimismo es el instrumento que garantiza la coordinación entre los Juzgados de lo Mercantil y los distintos registros públicos, y con los expedientes sobre acuerdos extrajudiciales de pagos. Por último se incluye, el Reglamento 2015/848/UE, de 20 de mayo, del Parlamento Europeo, sobre procedimientos de insolvencia, cuya trascendencia es indiscutible puesto que garantiza que los procedimientos transfronterizos de insolvencia se desarrollen de forma eficaz y eficiente, lo que supone el cumplimiento del objetivo que en el ámbito de cooperación judicial en materia civil establece el artículo 81 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. La obra se completa con un detallado Índice Analítico.