El carácter sindical de la representación unitaria

La historia del movimiento obrero revela que los trabajadores se organizan de diferentes formas para la consecución de la autotutela de sus intereses específicos. En España, una de estas formas organizativas más relevante la constituyen los denominados órganos de representación unitaria, instaurados...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: García Muñoz, Manuel (-)
Formato: Libro
Idioma:Castellano
Publicado: Cizur Menor, Navarra Aranzadi 2016
Edición:1a edición
Colección:Colección de libros electrónicos de ULoyola
Libros electrónicos en Aranzadi
Materias:
Acceso en línea:Acceso al texto completo en Aranzadi
Ver en Universidad Loyola - Universidad Loyola Granada:https://colectivo.uloyola.es/Record/201666
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Descripción
Sumario:La historia del movimiento obrero revela que los trabajadores se organizan de diferentes formas para la consecución de la autotutela de sus intereses específicos. En España, una de estas formas organizativas más relevante la constituyen los denominados órganos de representación unitaria, instaurados legalmente, en la transición democrática, por la influencia que tuvieron factores históricos, políticos, sociales y sindicales, entre otros. La base electiva y no asociativa del Comité de Empresa y Delegados de Personal ha determinado, no obstante, que se considere que no tienen carácter sindical y que, por tanto, su régimen de protección constitucional no deriva del derecho fundamental de libertad sindical. En cambio, las funciones asignadas legalmente permitirían alcanzar, con base en una interpretación funcional de este derecho, una conclusión distinta sobre su carácter y relación con los derechos constitucionales, lo que repercutiría sobre su régimen de protección.