El visado colegial
¿Por qué el visado colegial? Porque es un tema testigo. Una institución característica de la ordenación de las profesiones técnicas -y de algunas científicas-, que ha resultado impactado de lleno por la reforma de los servicios y Colegios Profesionales, acometida en el marco de la transposición de l...
Autor principal: | |
---|---|
Formato: | Libro |
Idioma: | Castellano |
Publicado: |
Madrid
Civitas
2015
|
Edición: | 1a edición |
Colección: | Colección de libros electrónicos de ULoyola
Libros electrónicos en Aranzadi |
Materias: | |
Acceso en línea: | Acceso al texto completo en Aranzadi |
Ver en Universidad Loyola - Universidad Loyola Granada: | https://colectivo.uloyola.es/Record/200786 |
Solicitar por préstamo interbibliotecario:
Correo
Sumario: | ¿Por qué el visado colegial? Porque es un tema testigo. Una institución característica de la ordenación de las profesiones técnicas -y de algunas científicas-, que ha resultado impactado de lleno por la reforma de los servicios y Colegios Profesionales, acometida en el marco de la transposición de la Directiva de Servicios -que ha removido técnicas clásicas del Derecho Administrativo- y en un contexto -o con el pretexto- de la simplificación administrativa que promueve la reducción de las cargas administrativas. El visado ha constituido así el banco de pruebas en el que se han ensayado y ejecutado propuestas de signo liberalizador y desregulador, inspiradas e impulsadas por la autoridad estatal de competencia, que han acabado por desnaturalizarlo. El novedoso visado voluntario, la drástica reducción de los visados obligatorios en aplicación de los criterios de necesidad y proporcionalidad, el fomento de la competencia entre colegios, de la misma y aún de distinta profesión, para el ejercicio de una función pública, la libre elección del Colegio que practica el visado, la supresión de las reglas de competencia territorial o la eliminación de la colegiación como presupuesto del ejercicio de la función de visado -al admitirse sobre no colegiados o sobre colegiados de otras profesiones-, son exponentes de esta nueva regulación, que no ha resuelto la tensión latente en la configuración del visado entre una función pública y un servicio bajo demanda prestado en un mercado abierto y en régimen de concurrencia de servicios profesionales. |
---|