La posesión

El asunto a que estas investigaciones se refieren entraña la cuestión siguiente: una vez dadas las condiciones legales exteriores (corpus) de la relación posesoria, ¿de qué depende que haya posesión o tenencia? Savigny, y con él la doctrina imperante, responde que depende de la voluntad del que tien...

Full description

Bibliographic Details
Other Authors: Ihering, Rudolf von, autor (autor), Posada, Adolfo, traductor (traductor), Agurto Gonzáles, Carlos Antonio, editor (editor), Quequejana Mamani, Sonia Lidia, editor, Choque Cuenca, Benigno, editor
Format: eBook
Language:Castellano
Published: Santiago, Chile: Ediciones Olejnik 2022.
Edition:Primera edición
Series:Biblioteca de derecho civil.
Subjects:
See on Biblioteca Universitat Ramon Llull:https://discovery.url.edu/permalink/34CSUC_URL/1im36ta/alma991009799227006719
Description
Summary:El asunto a que estas investigaciones se refieren entraña la cuestión siguiente: una vez dadas las condiciones legales exteriores (corpus) de la relación posesoria, ¿de qué depende que haya posesión o tenencia? Savigny, y con él la doctrina imperante, responde que depende de la voluntad del que tiene la cosa. Si tiene la voluntad de poseer para él (animas rem SIBÍ habendi), o al modo del propietario (animus DOMINI) hay posesión. Si tiene la voluntad de poseer para otro, hay tenencia. Puede juntarse esta voluntad de poseer la cosa para otro, con la de tenería para sí, por lo que es preciso distinguir cuidadosamente los dos supuestos. El arrendatario, el inquilino, el comodatario; deben tener la cosa transitoriamente para sí, pueden usar de ella; pero de este uti y del habere tenere de la cosa a él referente, hay que distinguir el possidere que puede y debe quedar en el dominus possessionis. Su voluntad no tiende a ese possidere, limitándose el derecho al negárselo a sacar la consecuencia de su propia voluntad.
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