Hospicios de Sevilla
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Formato: | Manuscrito |
Idioma: | Castellano |
Publicado: |
S. XVIII-XIX.
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Materias: | |
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- Contiene: Indice (h . 3 r.-5 r.) . 1 . [Impreso] . [Junta de Granos de Sevilla] . La Real Junta General de Granos de esta Ciudad, y su Reyno, compuesta del Ilmo Señor Arzobispo Coadministrador de esta dicha Ciudad, y de los Señores Don Ginès de Hermosa y Espejo, Assistente, Intendente, y Superintendente General de Rentas Reales, Don Raymundo de Sobremonte y Castillo, del Consejo de su Mag . su Oìdor Honorario en la Real Audiencia de esta dicha Ciudad, Theniente Primero en la Assistencia, Don Geronymo Ortiz de Sandoval y Zuñiga, Conde de Mejorada, Veintiquatro, y Procurador Mayor de lella, Don Martin Navarro y Vivien, y D . Joseph Antonio Maestre, assimismo Veintiquatros, D . Phelipe de Baena, Jurado de la misma Ciudad, Don Miguèl de Espinosa, Presbytero, Prebendado de la Santa Iglesia Patriarchal, Don Manuel Paulin, y Don Manuel de la Calle, del Comercio, &c . Por quanto con el ardiente deseo del logro de los fines de su instituto, compadecida de la necesidades, hambre, y desnudez de los Pobres mendigos, que en tan grande numero se han augmentado con motivo de la calamidad, que se experimenta .. .
- [Sevilla? : s.n., 1750?] [texto firmado por "D . Ginès de Hermosa y Espejo", "D . Raymundo de Sobremonte y Castillo" y "El Conde de Mejorada"] (h . 7--13) . 2 . [Impreso] . [Junta de Granos de Sevilla] . Edicto . Se hace saber a todas las personas estantes, y habitantes en esta Ciudad, como por la Real Junta General de Granos del Reyno en assumpto de formacion de Hospicio para recogimiento, y socorro de los Pobres mendigos, se hà mandado publicar el Plano, y Acuerdos del thenor siguiente .. .
- [Sevilla? : s.n., 1750?] (h . 15-17, de 23 x 42 cm . pleg . para encuadernación de 33 cm ) . 3 . [Impreso] . [Junta de Granos de Sevilla] . Señores mios, respecto de que en el dia de oy, se han recivido enteramente todos los Pobres mendigos en el Hospicio, que la Real Junta General de Granos hà establecido en esta Ciudad, assi los Vezinos de ella, como los que de otros Pueblos existìan à el tiempo de la publicacion del Vando, para que se acogiessen á él en el termino que se les señalò .. .
- [Sevilla? : s.n., 1750?] (h . 18) . 4 . [Impreso] . [España] . [Instrucción, 1751-07-25] . Instruccion que el Rey ha mandado expedir por la Secretarìa del Despacho Universal de Guerra, para que persigan, y recojan las Justicias todos los Vagabundos, y Mal-Entretenidos, y se apliquen à la Tropa, y Reales Arsenales, en consequencia de lo que està prevenido por Leyes del Reyno, con el fin de establecer la quietud en los Pueblos, y seguridad en los Caminos .
- [Sevilla? : s.n., 1751?] (h . 20-23) . 5 . Relacion de los antecedentes Sobre Hospicio y Sobre Casa de Misericordia (h . 24 r.-30 v.) . Inc.: A representacion de Don Pablo de Olavide, mandó establecer el Consejo en Real Provision de 8 de Enero de 1777 (h . 25 r.) . 6 . Extracto De los Autos formados para el Establecimiento del Hospicio de esta ciudad de Sevilla desde el año de 1777 [al final]: Hasta aquí es lo que resulta de dicho expediente de Juntas celebradas desde el año de 1777 hasta 17 de Diciembre de 1784 (h . 34 r.-46 r.) . Inc.: Principia por un Real despacho del Supremo Consejo aprovando los medios propuestos por el Señor Asistente Don Pablo de Olavide (h . 35 r.).
- 7 . a) [Oficio remitiendo el Informe a la Real Junta de Hospicio de la ciudad de Sevilla] [al final]: Madrid 14 de Abril de 1781 = Por el Secretario Salazar = Don Pedro Escolano de Arrieta = Señor Presidente de la Real Junta de Hospicio de la Ciudad de Sevilla (h . 48 r.-v.) . Inc.: De orden del Consejo remito a V.S . el exemplar impreso adjunto de la Certificacion (h . 48 r.) . b) Informe que ha dado la Real Sociedad de Madrid al Consejo sobre las reglas que han de observar en la Casa de Misericordia de Murcia . Año de 1778 (h . 49 r.-66 v.) . Inc.: Señores . Habiendo remitido el Consejo a esta Real Sociedad el expediente sobre aprovacion de los Estatutos de la Casa de Misericordia de Murcia (h . 50 r.) . 8 . [Informe dado sobre recogimiento de mendigos o pobres] (h . 68 r.-79 r.) . Inc.: M.P.S . Con papel de Don Pedro Escolano de Arrieta por el Secretario Salazar a 7 de Enero de este año (h . 68 r.) . 9 . [Sobre la enseñanza de niñas y mujeres en el Hospicio] (h . 80 r.-88 v.) . Inc.: En los puntos tercero y quarto del informe pedido por el Consejo a nuestra Sociedad Patriotica, se nos dice, que sobre la enseñanaza de Niños y Mugeres se ha adelantado muy poco (h . 80 r.) . 10 . Reflexiones sobre el modo de establecer la industria, y qual es mas conveniente al sistema y actual estado de Sevilla [al final]: Sevilla 6 de Julio de 1775 = Francisco Xavier de Larumbe (h . 90 r.-94 v.) . Inc.: No toda industria es propia para todos los Paises, y asi convendrá ante todas cosas adaptar a cada Pais la que mas le corresponda (h . 90 r.-94 v., 300 x 200 mm) . 11 . Copia del Plan presentado al Consejo por la Sociedad de Amigos del País de la Ciudad de Sevilla en 5 de septiembre de 1778 sobre Establecimiento de Hospicios remitida por el dicho supremo Consejo de Castilla a la Junta de la Casa de Misericordia de esta Ciudad en 27 de Agosto de 1781 [al final]: Sevilla y septiembre cinco de mil setecientos setenta y ocho . Muy poderoso Señor . A el Marques de Vallehermoso . Don Ignacio Luis de Aguirre . El Marques de las Torres . El Conde del Aguila . Don Gaspar de Jovellanos . Juan Manuel de Oyarvide . Don Miguel Maestre . Francisco Fernandez de las Peñas . Secretario . Es copia del Plan presentado al Consejo por la Sociedad de Amigos del Pais de la Ciudad de Sevilla de que certifico yo don Antonio Martinez Salazar del Consejo de S . Magestad, su secretario, contador de resultas, y Escribano de Camara mas antiguo y de Govierno del Consejo y por qual conste y acompañe al despacho que se expide cometido a la Junta de Casa de Misericordia de la misma ciudad sobre asuntos pertenecientes a ella lo firmo, en Madrid a veinte y siete de Agosto de mil setecientos y ochenta y uno [27 de agosto de 1781] . Antonio Martinez Salazar (h . 96 r.-134 v.) . Inc.: M.P.S . En carta que con fecha nueve de Junio de este año recibio de orden de V.A . esta Real Sociedad, la encarga que informe.. . se tengan presentes las reflexiones de Don Bernardo War (h . 97 r.) . 12 . Cazalla 14 de Abril de 1784 . Copia de la contestacion de don Alexandro García Gomez, y del plan de los pueblos que se comprenden en el distrito de doce leguas en circunferencia de la villa de Cazalla [h . 138 r . bis]: Cazalla y Abril catorce de mil setecientos ochenta y quatro = Alexandro Garcia Gomez = Señor Don Pedro Lopez de Lerena (h . 137 r.-140 v.) . a) Inc.: Mui señor mio: en virtud del encargo de V.S . he procurado la averiguacion de los pueblos (h . 138 r.) . b) Plan de los pueblos que se comprenden en el distrito de doce leguas en circunferencia de la villa de Cazalla de la Sierra; noticia de la situacion de esta, su vecindario, usufrutos, y demas arbitrios de su subsistencia, como igualmente de los pueblos circunvecinos (h . 138 bis r.-140 v.) . Inc.: Cazalla, situada en Sierra Morena, ultimo pueblo de Andalucia, en linea recta con Sevilla (h . 139 r.).
- 13 . Sevilla 25 de Abril de 1784 . Copia del parecer de don José Olmeda acerca del establecimiento de un Hospicio en Sevilla (h . 141 r.-148 r.) . a) Dictamen y parecer de Don José Olmeda acerca del establecimiento de un Hospicio en Sevilla [al final]: Sevilla y Abril veinte y cinco de mil setecientos ochenta y quatro = Don Jose Olmeda y Leon (H . 142 r.-145 v.) . Inc.: Los establecimientos de Hospicio y Casas de Misericordia en España han tenido siempre grandes contradicciones (h . 142 r.) . b) Puntos sobre que se desea saber el modo de pensar de las personas de mas instruccion y capacidad acerca del establecimiento del Hospicio de Sevilla [al final]: Sevilla diez y seis de Abril de mil setecientos ochenta y quatro [16 de abril de 1784] = Pedro Lopez de Lerena (h . 147 r.-148 r.) . c) En respuesta a la antcedente consulta no tengo palabras con que esplicar quanta seria mi interior satisfaccion (h . 147 r.) . 14 . Sevilla 4 de Mayo de 1784 . Copia del dictamen de Don Fernando de Socueba y Fustero sobre las reglas de economia de un Hospicio general, y riego de tres mil fanegas de tierra (h . 149 r.-169 v.) . a) Puntos sobre que se desea saber el modo de pensar de las personas de mas instruccion y capacidad acerca del establecimiento del Hospicio de Sevilla.. . [al final]: Sevilla 16 de Abril de 1784 = Don Pedro Lopez de Lerena (h . 150 r.-151 r.) . b) [Carta, 1784 abril 28, Sevilla, a Pedro López de Lerena / Fernando de Socueba y Fustero] (h . 151 r.-153 r.) . Inc.: Señor Don Pedro Lopez de Lerena = Mui señor mio, V.S . me honrra incluyendome entre los instruidos de quienes desea saber (h . 151 r.) . c) [Respuesta sobre los distintos puntos de Fernando de Socueba y Fustero] (h . 154 r.-168 r.) . Inc.: Respuesta al capitulo 1º . Para hacer mas perceptible la respuesta a esta capitulo acompaña un plan con esplicacion (h . 154 r.) . d) [Carta, 1784 mayo 4, Sevilla, a Pedro López de Lerena / Fernando de Socueba y Fustero] (h . 168 r.-169 v.) . Inc.: Señor Don Pedro Lopez de Lerena . Mui Señor mio: en respuesta al capitulo quarto del Plan de la economia del Hospicio general (h . 168 r.) . 15 . Sevilla 12 de Mayo de 1784 . Copia del parecer de don Francisco Barreda y Benavides sobre el establecimiento del Hospicio en esta ciudad (h . 171 r.-196 v.) . a) Puntos sobre que se desea saber el modo de pensar de las personas de mas instruccion y capacidad acerca del establecimiento del Hospicio de Sevilla.. . [al final]: Sevilla 16 de Abril de 1784 (h . 172 r.-173 r.) . b) Universal plan del Hospicio de Sevilla, en el que aparecen resueltos los puntos que se desean saber acerca de su total y perfecto establecimiento (h . 173 r.-196 v.) . Inc.: La humanidad es el caracter distintivo de los hombres, y el que mas exaltó Jesucristo (h . 175 r.) . 16 . Copia del parecer de Don Candido María Trigueros, en respuesta de los 15 puntos que se le entregaron, sobre el establecimiento del Hospicio de Sevilla . 14 de Mayo de 1784 (h . 198 r.-268 r.) . a) Puntos sobre que se desea saber el modo de pensar de las personas de mas instruccion, capacidad acerca del establecimiento del hospicio de Sevilla.. . [al final]: Sevilla 16 de Abril de 1784 = Don Pedro Lopez de Lerena (h . 199 r.-200 v.) . b) [Respuesta sobre los distintos puntos de Cándido María Trigueros] [al final]: Sevilla a catorce de Mayo de mil setecientos ochenta y quatro = Don Candido Maria Trigueros (h . 201 r.-268 r.) . Inc.: En vista de la antecedente consulta, no tengo palabras con que explicar quanta seria mi interior satisfaccion (h . 201 r.).
- 17 . Cartas de Don Candido Maria Trigeros [sic] al Señor Asistente, y contextacion de este; sobre establecimiento de Hospicio . en el Año de 1784 . 13 . 14 . y 15 . de Mayo de 1784 (h . 269 r.-274 r.) . a) [Carta . 1784 mayo 13, Sevilla, a Pedro López de Lerena, Asistente de Sevilla / Cándido María Trigueros] (h . 270 r.-272 r.) . Inc.: Muy Señor mio, mi genio naturalmente delicado hasta el escrupulo hace que no descanse (h . 270 r.) . b) [Carta, 1784 mayo 4, Sevilla, a Pedro López de Lerena / Cándido María Trigueros] (h . 272 v.-273 v.) . Inc.: Muy Señor mio, remito por fin a V.S . finalizada mi respuesta sobre su consulta de Hospicio (h . 272 v.) . c) [Carta, 1784 mayo 15, Sevilla, a Cándido María Trigueros / Pedro López de Lerena] (h . 274 r.) . Inc.: Muy Señor mio: He recivido la conclusion de su obra de Vm . sobre Hospicio y queda unida a los pliegos anteriores (h . 274 r.) . 18 . Apendice Sobre el modo de facilitar el mas barato establecimiento primitivo de Hospicio arreglado al espiritu del Plan que antecede Por Don Candido Maria Trigueros (h . 275 r.-280 r.) . Inc.: En las anteriores respuestas he procurado establecer lo que juzgo que con arreglo (h . 275 v.) . 19 . [Carta, 1784 junio 12, Sevilla, a Pedro López de Lerena / Juan Bautista Muñoz] . Dictamen de Don Juan Bautista de Muñoz sobre el establecimiento del Hospicio Sevilla 12 de Junio de 1784 (h . 282 r.-288 v.) . Inc.: Muy Señor mío . Obedeciendo al mandato de V.S . he leido y meditado el Plan de Hospicio formado por Don Candido Maria Trigueros (h . 283 r.) . 20 . Sevilla 28 de Julio de 1786 . Copia de la esplicacion del plano del Hospicio formado por don Manuel Bernardo Mateo, y regulacion hecha por el mismo del costo de las obras que necesita la dicha Casa para su habilitacion (h . 289 r.-295 v.) . a) Detalle o esplicacion del plano que se remite al Señor Asistente de esta ciudad, de la Casa de la Misericordia de ella [al final]: Sevilla quatro de Noviembre de milsetecientos ochenta y seis [4 de noviembre de 1786] = Manuel Bernardo Mateo (h . 290 r.-v.) . Inc.: Todo el continente entre las calles de Rubios de Torreblanca y de la Muralla (h . 290 r.) . b) [Explicación sobre el Hospicio de Manuel Bernardo Mateo] (h . 291 r.-295 v.) . Inc.: Señor Asistente interino = Mui Señor mio: quando me presenté a V.S . para darle razón del estado de las obras de que estoi encargado (h . 291 r.) . 21 . [Impreso] . [Junta de Beneficencia de Sevilla] . La afliccion general que resuena en la boca de innumerables Mendigos y Pobres vergonzantes en esta Ciudad, tenian acongojado mi ánimo despues de no perdonar arbitrio para dar ocupacion á los que podian trabajar, proyectando medios con que poder socorrer á todos .. .
- [Sevilla? : s.n., 1805?] (texto firmado: "El Conde de Fuenteblanca") (h . 297-298) . 22 . [Representación del Cabildo Eclesiástico de Sevilla al Consejo, sobre fundaciones aplicadas al Hospicio y provisión de este, en 1791] [al final]: Dada en Madrid en 6 de Febrero de 1792 el Conde de Cifuentes . Don Josef Colon de Larrategui.. . Yo Don Pedro Escolano de Arrieta Secretario del Rey nuestro Señor y su escribano de Camara la hice escribir por su mandado con acuerdo de los de su Consejo (h . 300 r.-308 r.) . 23 . [Impreso] . Preliminares para la creacion y establecimiento de Hospicio general, y Casa de correccion para uno y otro sexo, sin distincion de edades, en esta Ciudad de Sevilla .
- [Sevilla : s.n., 18--] (h . 309-310) . 24 . [Impreso] . [Hospicio Provincial (Sevilla)] . Por Real Provision de S.M . y Sres . de su Real y Supremo Consejo de Castilla de 8 de Enero de 1777 se dignó S.M . aprobar los medios que le propuso el Asistente de esta ciudad D . Pablo Olavide, para el establecimiento y competente dotacion del Hospicio de ella ... .
- [Sevilla : s.n., 1830?] (texto firmado: "José Manuel de Arjona") (h . 311-312).
- 25 . [Impreso] . [España] . [Provisión, 1830-09-03] . Real Provisión de S.M . y Señores del Real y Supremo Consejo de Castilla, aprobando el establecimiento denominado Hospicio y casa de Misericordia de S . Fernando en la ciudad de Sevilla .
- Sevilla : Imprenta del Diario de Comercio, 1830 (h . 313-333) . 26 . [Impreso] . [España . Real Audiencia de Sevilla] . Juzgado de Proteccion de Legos de la Provincia de Sevilla . Circular . El Excmo . Sr . Secretario de Estado y del Despacho Universal de Gracia y Justicia me dice de Real órden lo que sigue . "He dado cuenta al Rey Nro . Sr . del oficio de V.S . de 12 de Mayo último en el que manifiesta entre otras cosas, el abandono en que se hallan los Patronatos de Legosde esta Provincia .. .
- [Sevilla? : s.n., 1827?] (h . 334-335) . 27 . [Impreso] . [Sevilla . Ayuntamiento] . [Edicto, 1831-08] . Edicto . Don José Manuel de Arjona, Caballero Gran Cruz de la Real órden Americana de Isabel la Católica, Pensionado en la Real y distinguida Española de Cárlos III, del Consejo y Cámara de Castilla, Asistente é Intendente en comision de esta Capital y su Provincia, Comisionado para el establecimiento del Real Hospicio y casa de misericordia de S . Fernando en esta propia Ciudad, y para la realizacion de los arbitrios aplicados al mismo para su subsistencia, Presidente de la Junta Directiva, y Juez privativo del propio establecimiento &c . &c . La multitud de mendigos que circulaban esta ciudad cuando me hice cargo de su Asistencia, excitó mi ánimo á no perdonar diligencia alguna para dar la conveniente ocupacion á los capace de trabajar, y á proyectar medios con que socorrer à todos; pero observando que su excesivo número se aumentaba progresivamente, y que prequería una medida estraordinarisa, me resolví á hacerlo presente al Rey nuestro Señor, suplicádole el establecimiento del Hospicio y casa de Misericordia .. .
- [Sevilla? : s.n., 1831?] (texto firmado: "José Manuel de Arjona" y "Juan Nepomuceno Fernandez de las Rozes . Vocal Srio.") (h . pleg . 336-340, despleg., 44 x 30 cm) . 28 . Patronatos . Real Orden de 8 de Septiembre de 1820 en que se mandó informarse la Real Audiencia lo que se le ofreciese acerca de la Exposicion de Don Juan Nepomuceno Fernandez y Rosces . Acuerdo del Tribunal de 25 del mismo mes de septiembre de 1820 y El Informe que remitió a S.M . el señor Decano Regente Interino en 9 de Abril de 1824 [al final]: Sevilla 9 de Abril de 1824 = Excmo . Señor = Isidoro Sanz de Velasco = Excno . Señor Secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia (h . 341 r.-344 r.) . 29 . Patronatos . Exposicion dirigida a S.M . por Juan Nepomuceno Fernandez de Rosces en 21 de Febrero de 1820, que con las notas que le acompañaron obra en la Secretaria de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia [al final]: Es copia.. . Sevilla y Abril nueve de mil ochocientos veinte y cuatro [9 de abril de 1824] = Don Felix José de Bormás (h . 345 r.-370 v.) . 30 . Patronatos . Reglamento para la Direccion de dicho Ramo que propone Don Juan Nepomuceno Fernandez y Rosces, consiguiente a lo que representó a S.M . en 21 de Febrero de 1820 (h . 372 r.-382 v.) . Inc.: Reglamento . El ramo de Patronatos cuya especial proteccion se ha confiado al Real Acuerdo de la Provincia (h . 373 r.) . 31 . Modelo del Libro Principal o Maestro que deben llebar la Contaduria, Administracion y Depositaria del Ramo de Patronatos (h . 383 r.-384 r.) (Modelo: Patronato de Legos fundado en la Iglesia Parroquial de San Justo, h . pleg . 384, despleg . 313 x 410 mm).
- 32 . Patronatos . Orden del Real y Supremo Consejo de Castilla, comunicada al Señor Regente de la Real Audiencia de Sevilla aprovando la Comision propuesta por Don Juan Nepomuceno Fernandez y Rosces y mandando establecer la Comision: fecha 3 de Enero de 1826 (h . 385 r.-386 v.) . Inc.: Con Reales Ordenes de 24 de Diciembre del año pasado de 1819 y 9 de Enero del siguiente (h . 386 r.) . 33 . Patronatos . Reglamento para la Direccion del Ramo propuesto por el Señor Regente y Don Pedro de Montes al Real y Supremo Consejo en 9 de Mayo de 1826 [al final]: Sevilla y Marzo 4 de 1826 = Ignacio Marin . Es copia de su original . Madrid 9 de Mayo de 1826 = Don Valentino de Pinilla (h . 387 r.-391 v.) . Inc.: En cumplimiento de la superior Orden del Consejo Real fecha de Enero ultimo (h . 388 r.) . 34 . [Patronatos y sus rentas] (h . 393 r.-470 r.) . 35 . Hospicio . Patronatos del Cavildo Ecclesiastico . Para conocimiento de mi amigo el señor don Nicolas Maestre = Comprehende quanto hay sobrr el negocio, y particular esepto la Real Provision que cita el primer oficio, porque es muy larga y para el caso no se estima, mas si la quiere el amigo se le mandará . (h . 471 r.-479 r.) . 36 . Patronatos que hasta el año de 1783 están a cargo del Illustrisimo Cavildo Ecclesiastico de Sevilla y aplicaciones de ellos hechas al Hospicio (h . 480 r.-511 v.) . Inc.: Don Pedro Gonzalez Mateo Contador Mayor de la Santa Iglesia Metropolitana y Patriarcal de esta ciudad de Sevilla, certifico que por los libros y papeles (h . 481 r.) . 37 . Patronatos . Representacion hecha en Julio de 1783 al Rey N.S . [Carlos III] por el Cavildo de la Santa Iglesia de Sevilla . Orden del Consejo para que informe la Junta de Hospicio de Sevilla . Informe de la Junta que evacuó el Señor Bruna (h . 512 r.-524 v.) . 38 . 1º . Sensura fiscal y Auto de Legos con las reglas puestas al Cavildo Ecclesiastico de Cadiz por la audiencia de Sevilla para la Administracion de sus Patronatos, en 20 de Febrero de 1799 = Sobre Cartado por otro de 14 de Junio de 1809 = que no ha sido obedecido hasta el año de 1823 que los obligó a ello, el actual Juzgado de Patronatos (h . 526 r.-535 v.).e Legos proveido por la Audiencia de Sevilla en 1º de Septiembre de 1792 en el Patronato unico de que es Patrono el señor obispo de Cadiz, en union con el Canonigo Dignidad de Tesorero = Reglas que en 19 de septiembre de 1799 señaló la Audiencia a dichos Patronos, para Administrar y acreditarle el cumplimiento de sus obligaciones = que no han executado hasta que les puso en la precision de hacerlo, el año de 1829 el actual Juzgado de Patronatos a impar cia de partes, parientes del fundador (h . 537 r.-539 v.) . 40 . 3 . Oficio negando el señor Arzobispo el cumplimiento y circulasion a los Ecclesiasticos de la Real Provision aprovando la fundasion del Hospicio de Sevilla fecha 3 de septiembre de 1830 (h . 541 r.-542 v.) . 41 . 4 . Oficio del tenido por Provisor en Sevilla, prestando cumplimiento a la Real Provision aprobando la fundasion del Hospicio fecha 3 de Septiembre de 1830 = y manifestando quedar en cumplirla en los casos que se le presenten (h . 543 r.-544 r.) . 42 . Vindicazion por Don Juan Nepomuceno Fernandez de las Rozes dirigida a S.M . y juez de su Real y Supremo Consejo de Castilla, de las Acusasiones hechas contra el Juzgado de Proteccion de Patronatos de Legos de esta Provincia y sus priores por el S.R . Cardenal Arzobispo de Sevilla, Cavildo Ecclesiastico de la misma, R.R . obispos de Cadiz y Badajoz y otras corporaciones, co-adyubadas por el señor fiscal de la Civil de la Real Audiencia Don Diego Martin de Villodres . Primera parte (h . 545 r.-593 v.).43 . Segunda parte de la Vindicazion del Jusgado de Patronatos por d[on] J[uan] N[epomuceno] F[ernández] R[oces] (h . 595 r.-684 r.) . 44 . Parte 3ª de la Vindicazion Por don Pedro de Montes [al final]: Sevilla 31 de Julio de 1830 = .. . = Pedro de Montes (h . 685 r.-702 r.).