Don Carlos por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, de Arago[n] ... A todos los Corregidores, Assiste[n]tes, Governadores ... Sepades, q[ue] por disposicio[n] del Sa[n]to Co[n]cilio de Trento està mandado, q[ue] ninguna persona se pueda Ordenar à titulo de patrimonio, sino aquellos q[ue] el Obispo juzgare ser necessarios para el convenie[n]te servicio de las Iglesias; y que esto fuesse consta[n]do, que el patrimonio pertenece legitimamente al Ordinando, y que dando de tal co[n]dicio[n], que no se pueda enagenar, extinguir, ni renunciar, sin lice[n]cia del Obispo
Autor principal: | |
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Autores Corporativos: | , |
Otros Autores: | , |
Formato: | Libro |
Idioma: | Castellano |
Publicado: |
[Sevilla? :
s.n
1678?]
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Materias: | |
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Descripción Física: | [1] h. ; Fol |
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Lugar de publicación: | España - -- Sevilla? |