Publicado 2023
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“…Esto implica respeto, entre otros principios, al de legalidad,
debido proceso y congruencia. Sin embargo, estos principios pueden verse alterados dentro del proceso por la manipulación que realiza el primer, individuo o individuos llamado(s) a garantizar la preservación de la escena del
hecho para que las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se desarrolla un presunto delito se mantengan intactas. -- En consonancia con lo anterior, la problemática que se plantea en el caso en estudio es la función constitucionalmente consagrada para. . . -- CAPÍTULO XXI Asociación ilícita(pp. 463-470) -- CAPÍTULO XXI Asociación ilícita(pp. 463-470) -- https://doi.org/10.2307/jj.11786250.25 -- https://www.jstor.org/stable/jj.11786250.25 -- En Ecuador, desde el principio de legalidad sustantiva estatuido en el artículo 76.3 CRE434 que se resumen en el brocardo: a poena
sine lege praescripta, desde la exigencia del Código Penal que estuvo vigentes hasta la promulgación del nuevo cuerpo normativo penal la conducta no ha sido despenalizada, se considera que este delito (asociación ilícita) se encuentra dentro de la clasificación de los delitos contra la seguridad pública; empero, al mismo tiempo, afecta también al derecho constitucional de asociación; por su ejercicio abusivo, no cabe duda que el delito de asociación ilícita es un delito pluriofensivo que afecta tanto el. . . -- CAPÍTULO XXII Prevaricato de las o los jueces y árbitros(pp. 471-478) -- CAPÍTULO XXII Prevaricato de las o los jueces y árbitros(pp. 471-478) -- https://doi.org/10.2307/jj.11786250.26 -- https://www.jstor.org/stable/jj.11786250.26 -- De acuerdo al DRAE, se define: «Delito consistente en que una autoridad, un juez o un funcionario dicte a sabiendas una resolución injusta». …”
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