España., Madrigal, P., & Robles, B. d. (1590). Prematica, en que se declara y amplia, la en que se prohibio arrendar los oficios de escriuanos, receptorias, y procuradorias, y se mandó los siruiessen por sus personas, y tuuiessen de patrimonio y hazienda propia la tercia parte del valor del oficio. en casa de Pedro Madrigal : Vendese en casa de Blas de Robles ..
Cita Chicago Style (17a ed.)España., Pedro Madrigal, y Blas de Robles. Prematica, En Que Se Declara Y Amplia, La En Que Se Prohibio Arrendar Los Oficios De Escriuanos, Receptorias, Y Procuradorias, Y Se Mandó Los Siruiessen Por Sus Personas, Y Tuuiessen De Patrimonio Y Hazienda Propia La Tercia Parte Del Valor Del Oficio. En Madrid: en casa de Pedro Madrigal : Vendese en casa de Blas de Robles ., 1590.
Cita MLA (9a ed.)España., et al. Prematica, En Que Se Declara Y Amplia, La En Que Se Prohibio Arrendar Los Oficios De Escriuanos, Receptorias, Y Procuradorias, Y Se Mandó Los Siruiessen Por Sus Personas, Y Tuuiessen De Patrimonio Y Hazienda Propia La Tercia Parte Del Valor Del Oficio. en casa de Pedro Madrigal : Vendese en casa de Blas de Robles ., 1590.