Prematica, para que ningun abogado lo pueda ser en las causas que se trataren en el Co[n]seio y otros tribunales, en que su padre, hiio, ò yerno, ò cuñado fuere iuez, y trata[n]dose ante vn iuez solo no pueda abogar padre, hiio, yerno, ni cuñado del tal iuez, ni puedan hazer conciertos los abogados y procuradores sobre el lleuar parte del interes y ganancia del estipendio è interesses de los pleytos

Detalles Bibliográficos
Autor principal: España.
Autor Corporativo: España (-)
Otros Autores: Madrigal, Pedro, fl. 1586-1594 (-)
Formato: Libro
Idioma:Castellano
Publicado: En Madrid : en casa de Pedro Madrigal 1590.
Materias:
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/11656/4580
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Descripción
Descripción Física:[7] p. : il. ; Fol. (29 cm.)
Lugar de publicación:España -- Madrid.