Infancia y derechos del patronato al abogado del nino, experiencia de la clinica juridica de la Fundacion Sur
Autor principal: | |
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Autor Corporativo: | |
Formato: | Libro electrónico |
Idioma: | Castellano |
Publicado: |
Buenos Aires, Argentina :
Eudeba
2011.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires : 2011. |
Colección: | Ciencia joven ;
39 |
Materias: | |
Ver en Biblioteca Universitat Ramon Llull: | https://discovery.url.edu/permalink/34CSUC_URL/1im36ta/alma991009434395006719 |
Tabla de Contenidos:
- INFANCIA Y DERECHOS: DEL PATRONATO AL ABOGADO DEL NIÑO (...); PÁGINA LEGAL; ÍNDICE; PRÓLOGO; CAPÍTULO 1; I. El derecho del niño a ser oído; II. Criterios jurisprudenciales de procedencia del abogado del niño; III. Nuestra postura. El derecho de defensa técnica como garantía del debido proceso constitucional. Entre la refutación de los antecedentes de Salas K (...); IV. La representación de los padres y del Ministerio Público de Menores no es suficiente para garantizar acabadamente los derechos de los niños, niñas y adolescentes; V. El rol del abogado de confianza; VI. Conclusiones; CAPÍTULO 2
- I. Antecedentes fácticos y normativos. La importancia de la defensa técnica jurídica en el caso concretoII. Refutación de los argumentos de la sentencia. Consecuencias fácticas y jurídicas de la misma; III. Consecuencias del reconocimiento de la figura del abogado del niño por el sistema de protección y no por el Poder Judicial; CAPÍTULO 3; I. La incidencia de la resolución 1234/06 de la Defensoría General de la Nación pese a su desconocimiento por los asesores de primera instancia; II. ¿La resolución 1234/06 implica resignificar las funciones del asesor de menores?
- III. El contenido y avances de la resolución 1234/06 de la DGNIV. Los límites de la resolución; V. La interpretación de la Asesora de Cámara de la resolución 1234/06 DGN; CAPÍTULO 4; I. Introducción; II. La resolución del juzgado 106. La sentencia revocatoria de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala K; III. El abogado de confianza de niños, niñas y adolescentes como garantía del debido proceso legal y límite al ejercicio del poder estatal
- IV. La necesidad del derecho de defensa técnica en especial en los procesos para la adopción de medidas de protección y en general en los procesos de familiaV. Representación versus participación. El derecho del niño a ser otro distinto a sus representantes legales; VI. Diferencias entre la figura del abogado de confianza y las del tutor ad litem; VII. Conclusiones; CAPÍTULO 5; I. Introducción; II. Existencia de cuestión federal. Relación directa e inmediata a las cuestiones de validez de los artículos de la Constitución y los Tratados. Arbitrariedad de la sentencia
- III. Requisitos formales de procedencia a la luz de la Ley 48 y la Acordada 4-2007 de la Corte Suprema de Justicia de la NaciónIV. La flexibilización en caso de denegatoria del derecho de defensa. Posibilidad de planteamiento de la cuestión federal al momento (...); CAPÍTULO 6; I. El nuevo escenario a partir de la sanción de la ley 26.061: el Sistema de Protección Integral de Derechos de Niñas, (...); II. El derogado modelo tutelar: las funciones promiscuas del asesor de menores
- III. Las funciones jurisdiccionales del defensor de menores: sus orígenes como órgano perteneciente al Poder Judicial