El juez y la prueba estudio de la erronea recepcion del brocardo "iudex iudicare debet secundum allegata et probata, non secundum conscientiam" y su repercusion actual

Bibliographic Details
Main Author: Pico i Junoy, Joan (-)
Corporate Author: e-libro, Corp (-)
Other Authors: Cachon Cadenas, Manuel, prol (prol)
Format: eBook
Language:Castellano
Published: Barcelona : Bosch Editor 2007.
Subjects:
See on Biblioteca Universitat Ramon Llull:https://discovery.url.edu/permalink/34CSUC_URL/1im36ta/alma991009431603406719
Table of Contents:
  • El juez y la prueba: estudio de la errónea recepción del brocardo ""iudex iudicare debet secundum allegata et probata, non secundum conscientiam"" y...; Página Legal; Índice; Prólogo; Introducción; Primera parte - Origen, formulación y recepción actual del brocardo ""iudex iudicare debet secundum allegata et probata, non secundum conscientiam""; I. Hipótesis de trabajo, plan de estudio y metodología; II. Breve precisión terminológica; III. Formulación del brocardo; A) Introducción: el Digesto como fuente de glosa y comentario; B) Formulación del brocardo
  • B.1.En los glosadores de la Escuela de BoloniaB.2. En los decretistas -o glosadores canonistas- ; B.3. En los comentaristas o postglosadores; B.4. De los humanistas a los neohumanistas; B.5. En las obras posteriores sobre repertorios de aforismos y brocardos; IV.Recepción del brocardo en la doctrina procesalista; A) Estudio de la doctrina alemana; A.1. Correcta formulación del brocardo; A.2. Errónea formulación del brocardo desde Wach; A.3. Doctrina que evita la mención del brocardo; B) Estudio de la doctrina italiana; B.1.El brocardo en la obra anterior a CHIOVENDA
  • B.2. La incorrecta recepción chiovendiana del brocardoB.3. La doctrina postchiovendiana; B.3.1. Introducción; B.3.2. La obra de CALAMANDREI,CARNELUTTI y BETTI: consolidación de la errónea configuración del brocardo; B.3.3. Mantenimiento del error en la doctrina posterior; B.3.4. Omisión doctrinal del brocardo; B.3.5. Doctrina que formula correctamente el brocardo; C) Estudio de la doctrina francesa; D) Estudio de la doctrina española; D.1. Introducción; D.2. Prácticos forenses y procedimentalistas; D.2.1. Introducción; D.2.2. Doctrina anterior a la LEC de 1855
  • D.2.3. Comentaristas de la LEC de 1855D.2.4. Comentaristas de la LEC de 1881; D.3. Doctrina procesal del siglo XX; D.3.1. Introducción; D.3.2.Doctrina clásica: MIGUEL Y ROMERO, GUASP, PRIETO-CASTRO Y GÓMEZORBANEJA; D.3.3. Doctrina actual; a) Doctrina referente a los principios procesales; b) Doctrina referente a la prueba; c) Doctrina referente a la congruencia; D.4. Evolución de la jurisprudencia del TS; D.5. Resultado final de la errónea recepción del brocardo: su plasmación normativa en el art. 216 LEC; Segunda parte - El Juez y la prueba: iniciativa probatoria de los jueces civil y penal
  • V. La iniciativa probatoria del juez civilA) El principio dispositivo: alcance; B) El principio de aportación de parte; B.1. Delimitación conceptual; B.2. Reflexiones críticas sobre los argumentos tradicionales contrarios a la atribución de iniciativa probatoria al juez civil; B.3. Límites constitucionales a la iniciativa probatoria del juez civil; B.4. Justificación de la iniciativa probatoria del juez civil; B.5. El principio de aportación de parte en el nuevo proceso civil; B.6. La solución española «de compromiso»: el art. 429.1.II LEC; VI. La iniciativa probatoria del juez penal
  • A) Introducción. Breve aproximación sobre el principio acusatorio