Danos corporales y Carta Magna repercusion de la doctrina constitucional sobre el funcionamiento del sistema valorativo, el rango relevante de las circunstancias excepcionales de indole danosa, perjuicios morales y lucro cesante
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Autor Corporativo: | |
Formato: | Libro electrónico |
Idioma: | Castellano |
Publicado: |
Madrid :
Dykinson
2003.
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Ver en Biblioteca Universitat Ramon Llull: | https://discovery.url.edu/permalink/34CSUC_URL/1im36ta/alma991009424932506719 |
Tabla de Contenidos:
- DAÑOS CORPORALES Y CARTA MAGNA: REPERCUSIÓN DE LA DOCTRINA CONSTITUCIONAL SOBRE ; PÁGINA LEGAL; ÍNDICE; REPERCUSIÓN DE LA DOCTRINA CONSTITUCIONAL SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA (...); 1. INTRODUCCIÓN; 1.1. La dualidad de las cuestiones resarcitorias a considerar: los perjuicios excepcionales de índole personal y los perjuicios excepcionales de índole patrimonial (quod non est in tabulas est in systemati); 1.2. El compromiso del jurista en la transformación endógena del Derecho; 2. ALGUNAS PUNTUALIZACIONES BÁSICAS SOBRE LA SIGNIFICACIÓN GENERAL DEL SISTEMA VALORATIVO DE LA LEY 30/1995
- 2.1. Su acomodo a los dos principios fundamentales de la Resolución 75/7 del Consejo de Europa2.3. Las dudas estructurales que suscita y la recurrencia al valor interpretativo de la Resolución 75/7 del Consejo de Europa; 2.4. El orden lógico de las consecuencias dañosas y la prelación conceptual de las de índole personal; 3. EL SISTEMA VALORATIVO,A LA LUZ DE LA STC 181/2000, DE 29 DE JUNIO. UNOS APUNTES BREVES A MODO DE MARCO IMPRESCINDIBLE; 3.1. La constitucionalidad del sistema, en general
- 3.2. La inconstitucionalidad relativa de la regla primera del apartado B) de la tabla V: el factor de corrección por perjuicios económicos3.3. La desanimante afirmación de la unión hipostática de la preceptividad y el hermetismo (...); 4. LA NUEVA DOCTRINA CONSTITUCIONAL RELATIVA AL SISTEMA: SU PROYECCIÓN INMANENTE SOBRE EL TRATAMIENTO RESARCITORIO DE LOS PERJUICIOS EXCEPCIONALES DE ÍNDOLE PERSONAL; 4.1. Preceptividad y hermetismo: un matrimonio constitucional precoz y felizmente divorciado; 4.2. La STC 244/2000, de 16 de octubre: el caso de las sobrinas burgalesas preteridas. (...)
- 4.8. Un caso de perjuicios excepcionales de índole personal con solución parcial y desencajada (víctima hija única que deja padre viudo y dos hijas menores sin padre conocido): (...)5. LA DOCTRINA CONSTITUCIONAL ORIGINARIA RELATIVA AL SISTEMA: SU PROYECCIÓN TRASCENDENTE (...); 5.01. La consideración técnica del lucro cesante como un perjuicio extrínsecamente excepcional; 5.02. Referencia a la posición de los jueces desvinculados (iudices a legibus soluti): la preterición disimulada del lucro cesante; 5.03. El quinteto posicional de los jueces vinculados (in servitute legis est libertas sua)
- 5.04. La solución del resarcimiento del lucro cesante derivado de la lesión temporal: un apunte conclusivo