Las intervenciones telefónicas en el proceso penal
Autor principal: | |
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Formato: | Libro electrónico |
Idioma: | Castellano |
Publicado: |
[Barcelona] :
José María Bosch
2014.
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Edición: | 1st ed |
Materias: | |
Ver en Biblioteca Universitat Ramon Llull: | https://discovery.url.edu/permalink/34CSUC_URL/1im36ta/alma991009419743406719 |
Tabla de Contenidos:
- LAS INTERVENCIONES TELEFÓNICASEN EL PROCESO PENAL; PÁGINA LEGAL; ÍNDICE; PRINCIPALES ABREVIATURAS; PRÓLOGO; INTRODUCCIÓN; CAPÍTULO PRIMERO; 1. INTRODUCCIÓN; 1.1. APROXIMACIÓN AL CONCEPTO DE DERECHO FUNDAMENTAL; 1.2. CONTENIDO ESENCIAL DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES; 1.3. LÍMITES DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES; 1.4. TITULARES DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES; 1.5. GARANTÍAS CONSTITUCIONALES DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES; 1.5.1. Garantías legales; 1.5.2. Garantías jurisdiccionales; 1.5.3. Garantías institucionales; 2. DERECHO FUNDAMENTAL AL SECRETO DE LAS COMUNICACIONES
- 2.1. ANTECEDENTES Y APROXIMACIÓN NORMATIVA2.2. EL SECRETO DE LAS COMUNICACIONES COMO DERECHO FUNDAMENTAL; 2.2.1. Definición y ubicación del art. 18.3 en el texto constitucional; 2.2.2. Reserva de ley; 2.2.3. Contenido esencial; 2.2.4. Límites; 2.2.5. Sujetos; 2.3. EL DERECHO AL SECRETO DE LAS COMUNICACIONES Y EL DERECHO A LA INTIMIDAD; CAPÍTULO SEGUNDO; 1. CONCEPTO; 1.1. PASO PREVIO: ALCANCE DE LOS TÉRMINOS «COMUNICACIÓN» Y «SECRETO»; 1.2. CONCEPTO DE INTERVENCIÓN TELEFÓNICA; 2. ÁMBITO Y ALCANCE DE LAS INTERVENCIONES TELEFÓNICAS; 2.1. INTERVENCIONES SUSCEPTIBLES DE VULNERAR EL ART. 18 CE
- 2.1.1. Situaciones que afectan al derecho al secreto de las comunicaciones2.1.1.1. Acceso a listados de llamadas telefónicas; 2.1.1.2. Acceso a mensajes de texto, mensajería instantánea o correo electrónico; 2.1.1.3. Identificación de los códigos IMEI o IMSI de un teléfono móvil; 2.1.1.4. Hallazgos casuales; 2.1.1.5. Instalación de aparatos de escucha en un lugar cerrado; 2.1.2. Situaciones que no afectan al derecho al secreto de las comunicaciones; 2.1.2.1. Acceso a la agenda de contactos de un teléfono móvil; 2.1.2.2. Contenido de la comunicación revelado por alguno de los comunicantes
- 2.1.2.3. Escucha directa de una conversación sin la utilización de un artificio técnico2.1.2.4. Derecho al secreto de las comunicaciones de los terceros no investigados; 2.1.2.5. Utilización del teléfono por una persona diferente al titular; 2.2. COMUNICACIONES SUSCEPTIBLES DE VULNERAR EL ART. 8 CEDH; 3. SUJETOS; 3.1. TITULARES DEL DERECHO AL SECRETO DE LAS COMUNICACIONES; 3.1.1. Por razón de su personalidad: personas físicas y personas jurídicas; 3.1.1.1. Personas físicas; a. Aspectos generales; b. Menores de edad; c. Incapaces; 3.1.1.2. Personas jurídicas
- 3.1.2. Por razón de su localización: internos de un centro penitenciario3.1.2.1. Comunicaciones generales; 3.1.2.2. Comunicaciones específicas con abogados y procuradores; 3.1.2.3. Comunicaciones con autoridades o profesionales; 3.1.2.4. Comunicaciones entre internos; 3.1.2.5. Consecuencias de vulnerar su derecho al secreto de las comunicaciones; 3.2. PERSONAL ENCARGADO DE INTERVENIR LAS COMUNICACIONES TELEFÓNICAS; 4. REQUISITOS; 4.1. REQUISITOS CONSTITUCIONALES; 4.1.1. Previsión legal: principio de legalidad; 4.1.1.1. Tribunal Europeo de Derechos Humanos
- a. Necesidad de previsión legislativa: base legal en el derecho interno