[Papeles varios de religión]

Detalles Bibliográficos
Autores Corporativos: Cartuja de Santa María de la Defensión (Jerez de la Frontera) (-), Iglesia de San Jacinto, Convento de Santa Cruz (Loja), Colegio-Convento de San Basilio, Iglesia Católica. Papa (1605-1621: Pablo V), Monasterio de San Antón (Castrojeriz), Convento de San Pablo, Colegio Imperial de la Compañía de Jesús (Madrid), Convento de San Jacinto
Otros Autores: Merino, Andrés (O.S. A.) (-), Boano, Mateo (O.F.M.), Bravo de Lagunas, Antonio (O. Cart.), Bernal Carrillo, Ginés, Pérez de Lara, Juan, Escaño, Fernando de, Felipe II, Rey de España, Carlos II, Rey de España, Sendín Calderón, Juan (O.F.M.), Gatica, Diego (O. de M.), Marescotti, Galeazzo, Cardenal, Márquez de Prado, Alonso, Mespleth, Ludovico, Minaya, Pedro Ventura de (O.F.M.), Monterde, Jerónimo (O.de M.), Poza, Juan Bautista (S.I.), Felipe IV, Rey de España, Quintanadueñas, Gregorio de (O.S.B.), Galeas, Juan Antonio, Quirós, Juan de (O.F.M.), Tello, Pedro (O.F.M.), Ponce de León, Tomás, Ponce de León, Inés Damiana, Gálvez y Ayala, Leonardo, Tejada, Juan de, Giles Pretel, Juan de, Arratia, Antonio de ., Pedro de la Ascensión (O.SS.T.), Villafuerte, María de (O.P.), Mejorada, Jerónimo Ortiz de Sandoval y Zúñiga, Conde de, Ortiz de Sandoval, Catalina (O.P.), Brun de Silveira, Baltasar
Formato: Manuscrito
Idioma:Castellano
Publicado: S. XVII.
Materias:
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Tabla de Contenidos:
  • Contiene: [Impreso] 1. Al Serenissimo Señor D. Juan de Austria, gran Prior de San Iuan ... y a la Sacra Assemblea en su capitulo, Memorial y compendio del libro intitulado Propugnaculo de la sagrada Religion Militar de San Iuan de Ierusalem ... / escrito por ... Fernando Escaño. Impresso en Sevilla : [s.n.], 1662. (h. 2r.-39r.). 2. [Impreso] Bulla Santissimi [sic] Domini Nostri Pauli Papae Quinti. Per quam conceditur facultas Equitibus Militibus Sacrae, & Illustrissimae Religionis Diui Stephani, vt etiam vxorati, & bigami, & in habitu Equestri non Clericali incedentes, ampliando Indultum Sixti Pape Quinti. Pensiones annuas Ecclesiasticas vsque ad summam Quatuorcentorum ducatorum auri de Camera. Super quibusuis beneficijs obtinere possint .Matriti : ex officina viudae Ildephonsi à Martini, 1619 (h. 40r.-46r.). 3. [Información de derechos del Señorío de Vizcaya contra el Monasterio de San Millán de la Cogolla] (h. 47r.-58v.) Inc.: En la Provission que v.m. tiene vista entre el monasterio de St. Millan de la cogulla con el señorio de vizcaya villas y tierras del para que se les deva mandar responder a la demanda por el monasterio puesta sin enbargo de su declinatoria por el privilegio de vizcaya que allega para no poder ser sacados de su fuero suplica a v.m. mande advertir lo siguiente...(h. 47r.).
  • 4. [Papeles y cartas varias sobre el Decreto de la ciudad de Vitoria para no asistir a los sermones en que no se dijese el alabado y pormenores que por esto recurrieron] (h. 59r.-85r.) Inc.: Carta sobre el decreto de la ciudad de Victoria de un grande...(h. 59r.). 5. [Impreso] Por el Rdo. Pe prior del Real Convento de Santo Domingo de la ciudad de Mañlaga, Orden de los Predicadores, y la Madre Priora, y Religiosas del Convento del Angel de dicha Orden en el pleyto con don Thomas Ponce de leon, vezino y Veintiquatro de la ciudad de Sevilla, y D. Ynes Damian Ponce de Leon su muger. Sobre el derecho de patronato que los sobredicho pretenden tener en dicho Convento del Angel, como sucessores en la casa y mayorazgo de Don Iuan Ponce de León, padre de la Doña Ynes Damiana &. En Malaga : lo imprimió Mateo Lopez Hidalgo, 1670.(h. 87r.-103v.) 6. [Impreso] Illmo. Señor. 1 Fray Andres de Arriaza, Religioso del Orden de Predicadores, dize: Que el Rector, y Beneficiados de la Parroquia del Señor S. Andres de la Ciudad de Cordoba ha pretendido impedir, que el Convento de S. Pablo el Real de la dicha Ciudad, de la Orden de Predicadores, que està en el distrito de la dicha Parroquia, haga Procession en la Dominica infraocyaua de el Corpus, sacanddo por la calles publicame[n]te el Santissimo Sacramento, diziendo, que hàn de ir los Clerigos de la dicha Paroquia [sic] presideindo en la Procesion, y que no se hà de hazer la Procession en otra forma: lo qual se opone, y contradize à la costumbre immeroril, que el dicho Co[n]uento tiene, y `las Bulas Apostolicas, co[n] que està co[n] firmada, y roborda esta procession, para hazer la dicha Procession todos los años, el ddomingo infraoctaua del Corpus, con publica solemnidad, lleuando el Santissimo Sacramento por las calles, señaladas, y nombradas por el Conuento, sin que en esta ocasin, y solemnidad aya assistido la dicha parroquia, ni los Clerigos de ella, ni de otra alguna. [España? : s.n., 1600-1700?] (h. 105r.-113v.)
  • 7. [Carta de D. Diego Carvallo en nombre de Reverendisimo Padre Prior del Convento de San Jacinto sobre el lugar donde antiguamente estuvo el Convento de San Jacinto y causas de su variacion] (h. 114r.-115r.) Inc.: [Precedido de: Yo Diego Carvallo en nombre del Rmo. Pe. Prior de S. Jacinto] Como mejor aleluyas digo que Baltasar Brun de Silueira Clerigo presvitero natural que fue de la ciudad de Lisboa en el Reino de Portugal fundo el dicho Convento en sus casas que tenia en el sitio que llaman de Cantalobos (h. 114r.). 8. [Impreso] M.P.S. Por Mandato de V.A. he visto vn memorial, hecho por los Padres de la Serafica Religion de San Francisco, en defensa de la doctrina de sus Doctores, y digo, que les quadra muy bien, lo que dize el Espiritu santo en el cap.10. de los prouerbios, Filius sapiens laetificat patre[m] suu[m]... Y lo firmo, en Madrid à catorze de Diziembre de mil, y seiscientos, y veinte, y siete años. El Doctor Paulo de Zamora, Comisario, y Calificador de la Santa y General Inquisicion. Licencia. [España ? : s.n., 1727 ?] (h. 116r.-160v.). 9. [Impreso] Fr. Matheo Boano lector iubilado, y difinidor en la prouincia de la Andalucia, de la Orden de N.S.P. S. Francisco: en defensa de N.M.R.P.Fr. Francisco Suarez ... Predicador de su Magestad, y Vicario Prouincial, y del Difinitorio de la misma prouincia. Impresso en Seuilla : por Simon Fajardo, 1638 (h. 161-182r.).
  • 10. [Impreso] Por el capitulo eclesiastico de la villa de Sos, del reyno de Aragon: M: R.P. provincial de la Provincia de Burgos de la Regular Observancia de N.P.S. Francisco: P. Guardian, y Convento de la misma Orden; y Conventos de Santo Domingo, y nuestra Señora de la Merced de la Ciudad de Sanguessa. Con los religiosos carmelitas descalços de la Provincia de San Ioseph de la Corona de Aragon. Sobre aver falsificado los dichos religiosos Descalços el Breve que la Santidad de Clemente IX les concedio para nuebas fundaciones de Convenos, añadiendo seis palabras, o dicciones, y alterando una &c. [España ? : s.n., 1667-1669 ?] (h. 183190v.). 11. [Impreso] Defensorio iuridico en la causa, contra el maestro fray Iuan Sendin, Provincial de la Provincia de Castilla, Orden de San Francisco. Sobre Que se le deniegue el uso de las dos Patenten que ha traido del General de la Orden, que reside en Roma: Vna, en que se prorroga por seis meses la celebracion del Capitulo Provincial; y otra por ocho y se mande declarar que no ha lugar el bolverselas. [España? : s.n, 1600-1700?] (h. 191r.-202r..). 12. [Impreso] En la ciudad de Lima (tres mil legua, poco menos) distante de los cConventos, y Prelados de la Sgrada Religion de San Iuan, se hallaua el Padre Fray Pedro Tello, fatigado de la guerra de Chile (donde hauia sido Capitan de Infanteria) cansado del mundo, y agrauado de una enfermedad, con que Dios le tocô, para que pretendiesse el habito, y profession de la Religion Euangelica de San Francisco, ansioso de assegurar mas su saluacion en mas perfecto estado, y Religion. Consiguiò su pretension, y professando la Religion de San Francisco, trocó la milicia material en la Euangelica; las galas, en desnudez, y la liberta de la milicia, en vna obediencia humilde, sujeta a regular clausura... Despues por el año de 56 el dicho Fray Pedro Tello, con pretexto de sustentar a su madre, compro una falùa, y con ella buscaua sus ganancias, viuiendo en Triana retirado de la clausura, de donde naciò hacer escrupulo de su segunda profession... Consultò esto con vn Abogado, y con un Theologo Religioso que le respondieron al gusto, y que era nulla la segunda profession. Consulto tanbien a los Doctores de la Vniversidad de Salamanca... de hecho se despojo del habito de San Francisco, y se vistio el de la Religion Militar de San Iuan, con el qual anda retirado, porque no lo prendan...[España? : s.n., ca. 1656] (h. 203r.-218v.).
  • 13. [Impreso] Si se vuiera de escreuir en este negocio en forma, auiamos menester mucho tiempo para poner (sino todo lo que haze clara la justicia desta parte) algunas doctrinas, y razones, pero porque v.m. se sirvio de mandar apu[n]tar las alegaciones se podran aqui, para que v.m. las censure y aduierta para la justificacion de la pretension del dicho Conuento de nuestra Señora de la Victoria. Y... es hecho llano del pleyto, que los Religiosos de S. Cruz, que llamamos remendados, desde el año de 610. fuero[n] en los actos y Procesiones publicas delante, y en inferior lugar a los Religiosos de nuestra Señora de la Victoria, y que el pretender aquella parte, que esta no es possesio[n] mas antigua para vencer, ex antiquori possess ex Canone redintegranda, es sin fundamento, particularmente con el que se alegò de que despues de aquel tiempo era nueva fundacion y nueuo Co[n]uento, y que se auia extinguido el primero...Porque no se puede aplicar esta resolucion, a donde es cierto por el pleyto, que por el año de diez estaua fundado este Conue[n]to de Santa Cruz de Loxa, y por los años suiguientes, y en estos depone los testigos que viero[n] yr delente a los dichos Religiosos reme[n]dados, y es prouança esto afirmatiua y la de la parte contraria prouança negatiua de dezir que no han salido... Pero en nuestro caso la verdad es, que a resolucion deste pleyto no pende de lo alegado, ni prouado por las partes, sino de la inteligencia del derecho, Breues, y letras Apostolicas, y decisiones de la Rota. [España? : s.n., 1623-1644 ?] (h. 219r.-226v.).
  • 14. [Impreso] Defensorio iuridico en la causa Contra el Maestro Fray Andres Merino, del Orden de San Agustin. Sobre Que se deniegue el uso de la Ptenete, que ha traido de Comissario General de dicha Prouincia, dada por el padre Geneal de la Orden. Y se mande declarar, que no ha lugar el boluersela. Y sobre Que la Bula de su Santidad, que ha traido, y presentado despues de introducido el recurso de dicha Patente por el señor Fiscal, se retenga en el Consejo: o por el mismo recurso intentando del no uso de la dicha Ptente, se determine los mismo con la Bula de su Santidad, confirmando el Auto, que es´à dado por el Consejo.[España? : s.n., ca. 1673?] (h. 227r.-236r.). 15. [Impreso] Cierta religion propone algunos casos particulares en orden a elecciones, y para salir de toda duda, propone las dificultades siguientes, por sus casos como sucedieron en la eleccion de Provincial, para que con la resolucion de los Doctos, se manifeste la verdad. [España? : s.n., ca. 1642] (h.237r.-248v.).16. [Impreso] Por la Sagrada Religion de los Descalços de la SS. Trinidad, Redentores de Cautivos. Con las Muy Ilustres Iglesias Parroquiales y muy Religiosos Conventos desta ciudad de Malaga. En el pleyto sobre la fundacion de convento, que dicha Religion pretende hazer en dicha ciudad. Y se defiende el breve apostolico que tiene para hazerlo.En Malaga : lo imprimio Juan Serrano de Vargas ..., 1654 (h. 249r.-277v.).
  • 17. [Impreso] Provision, 1673-09-06. Don Carlos por la gracia de Dios: Rey de Castilla, de Leon, de Aragon, de las dos Sicilias... Por qua[n]to por parte de vos Juan de Galarça, Procurador General de la Religion de los Clerigos Menores nos fue fecha relacion auiades pretendido obtener licencia nuestra para fundar en la Ciudad de Malaga, a donde teniades un Hospicio, y sin embargo de auer presentado las licencias que para ellos se requeria, como eran la del Reyno, la del Ordinario, la de la dicha Ciudad, y consentimientos de el Estado Ecclesiastico, y auer precedido otras diligencias, é informes por donde auia constado de la vtilidad que se seguia a la dicha fundacion, por ser Colegio, en que auian comun enseñança los naturales de ella, se auia mandado demoler el dicho Hospicio, y que saliessen los Religiosos que en él auia: cuya execucion se avia cometido al nuestro Corregidor de la dicha Ciudad, que auia mandado demoler lo material de la casa, que teniades en ella, y ellos obedeciendo lo por Nos mandado, auian salido, y despues auiades instado en que os concediessemos la dicha licencia; y auiendose mandado poner á consulta en veinte y ocho de Febrero, y veinte y seis de Agosto de el año pasado de seiscientos y sesenta y siete, se os auia denegado la dicha licencia... se auia buelto a suplicar Nos sirviessemos de apiadarnos de la perdida que auian tenido los Religiosos en la demolicion referida, concediendo la dicha licencia... podais hazer y hagais en la dicha Ciudad de Malaga l fundacion de vn Convento de vuestra Orden, que sea Colegio de estudios... en la Villa de Madrid a seis dias del mes de Setiembre de mil y seiscientos y setenta y tres años. [España? : s.n., ca. 1673] (278r.-279v.). 18. [Impreso] Copia fidessima de una carta, que escriuiò el R. P.F. Geronimo Monterde, de la Orden de nuestra Señora de la Merced, al Rmo. P.M.F. Pedro de Salazar, Maestro General de dicha Orden. [España? : s.n., 1674?] (h. 280r.-281r.).
  • 19. [Impreso] Vertitur in dubium: vtrum bona episcopi titularis ex regularibus assumpti subiaceant expolio ecclesiastico? an vero episcopus possit de illis testari , nec ne? movet quaestionem / D. Fr. Didacus de Gattica... Episcopus Vtticensis... Auxiliator Archiepiscopatus Hispalensis.. & Reverendissimi D, Antonij Payno...[S.l. : s.n., 1663-1669 ?] (h. 282r.-285v.). 20. [Impreso] Por el padre abad de San Benito, Fray Gregorio de Quintanadueñas, en el pleito con D. Iuan Antonio Galeas, Visitador deste Arçobispado; sobre la quenta q[ue] pide que le dè el padre abad, de las obras pias sitas en su conuento, y en el de San Alberto. [España ? : s.n., .](h. 286r.-296v.). 21. [Impreso] Sentencia, y auto de manutencion, que ha ganado la Religion de Nuestro Padre S. Benito, a favor del abad, monjes, y Convento Real de S. Benito de Sylos extramuros de la ciudad de Sevilla. Contra la Religion de S. Basilio, y el abad, monjes, y Colegio de San Basilio de dicha ciudad. Sobre preceder la dicha Religion de Nuestro Padre San Benito, a la de S. Basilio, en todos los actos, juntas, y concursos publicos, y particulares.Editorial:[Sevilla? : s.n., 1674?] (h. 298-299v.). 22. [Impreso] Resolucion en fauor del estado eclesiastico. Contra los arrendadores del pescado. Por el p. Fr. Antonio Bravo de Lagunas, monge cartuxo, y professo de la cartuxa de Sevilla :[S.l. : s.n., ca. 1655] (h. 300r.-303v.).
  • .23. [Impreso] Por el Convento de la Cartuja de la ciudad de Xerez de la Frontera contra el Convento de san Iacinto desta ciudad. Impressos en Sevilla : [s.n.], 1663 (h. 304r.-311r.). 24. [Impreso] Memorial que se presento al muy grave, y reuerendicimo Difinitorio de la Orden de N.P:S. Geronimo en el Capitulo Priuado del año 1673. Representando las R´çones, que mas fuerça haçen, para que el Monasterio de S. Pedro de la Ñora, en la Ciudad de Murcia, pàse desde luego de Casa Nueva (que Llamamos) a Casa de Eleccion y noviciado. Remitese, y proponese antes al Rmo. P. M. Fr. Ioseph de Algete, prior de S. Bartolome el Real de Lupiana, y General de la Orde[n] de N.P.S. Geronimo. [España ? : s.n., 1673 ?] (h. 312r.-320r.) . 25. [Impreso] Por los Estudios Reales que el Rey nuestro Señor ha fundado en el Colegio Imperial de la Compañia de Iesus de Madrid. [Madrid? : s.n., 1627?] (h.323r.-332r.). 26. [Impreso] Iacinto Perez de Nueros, religioso ... de la Compañia de Iesus, residente en España co[n] poderes de la Prouincia del Piru de dicha mi Religion... digo: Que con los despachos que è recebido del Piru... é tenido noticia cierta del grave desconsuelo, conque [sic] quedavan ... los animos de los Españoles Criollos de aquellos Reynos, por averse ente[n]dido en ellos, que avia salido un Decreto Real, en que V. M. los excluya de que fuessen consultados para juezes en las Indias.[España ? : s.n., 1641 ?] (h. 333r.-340r.).
  • 27. [Impreso] Nueva reformacion, y constituciones de la casa encomenda mayor, y religion de Santon de Castroxeriz, hechas por autoridad apostolica, y real, año d mil seiscientos y setenta y cinco.[España ? : s.n., 1675? ] (h. 341r.-370r.). 28. [Impreso]Puntual, y breue memorial, ajustado à la visita de la Casa Mayor, Cabeça de S. Antonio Abad, cargos comprobados, y sentencia difinitiua contra D. Antonio de Arratia, Comendador Mayor, y General (que dezia ser) de dicha Orden de comission de la Real Camamara de Castilla por D. Iuan de Texada, Fiscal de la inquisicion de Seuilla, y su aco[m]pañado D. Iuan Giles Pretel, Fiscal de Hazie[n]da por parte del Claustro, y Capitulares de dicha Casa Mayor, y Hospital Real de Castro-Geriz, y de los Comendadores Prebendados de dicha Orden. [España? : s.n., 1601-1700?] (h. 371r.-372v.). 29. [Impreso] Informe que el señor don Alonso Marquez de Prado, fiscal del Consejo Real de Castilla haze para los eñores del dicho consejo en el pleyto, que sigue el abad general de Viena de Francia, de la religion de san Antonio Abad, contra el comendador mayor destos reynos de Castilla, e Indias.[España ? : s.n., 1666?] (h. 373r.-374v.).30. [Impreso] El patronato del Monasterio de San Antononio de Castroxerit, Diocesis de Burgo, pertenece à su Magestad la prouision de su Abadia Preceptoria, o Encomienda, por serfundcion primitiua de los señores Reyes de Castilla, que alcançaron Breues de la Sede Apostolica, para que no fuesse ocupado, ni visitado por ningunos otros, ni po los Canonigosn de San Antonio de Viena en Francia, que se quiere intitular cabeça de esta Religion. [España? : s.n., ca. 1618] (h. 375r.-378r.).
  • 31. [Impreso] Por el convento de religiosas descalzas de Nuestra Señora de los Reyes, por persona de soror Maria del Santisssimo Sacrame[n]to, Monja professa del, que en el siglo se nonbrava doña Maria de Villafuerte, hija legitima y heredera de Luys Ortiz de Sandoval. Contra Don Geronimo Ortiz de Sandoval, veyntiquatro desta Ciudad, como heredero del dicho Luys Ortiz su padre. En el pleyto de particion, sobre el articulo de las renunciaciones, y donaciones que doña Catalina Ortiz de Sandoval, hija del dicho Luys Ortiz, hizo en el dicho don Geronimo de Sandoval, y en el dicho su padre. [España : s.n., 16--] (h. 380r.-391r.). 32. [Impreso] Instruction de la forma y orden que se ha de guardar y cumplir en la administracio[n], predicacion, y cobrança de la Bula de la sancta Cruzada, que el Papa Sixto Quinto, de Felice recordacion concedio, y esta prorogada y extendida de nueuo, por la sanctidad del Papa Clemente VIII al Rey don Philippe... en la defensa de la Christiandad... que se ha de predicar y publicar el año proximo venidero de MDXCV. [Madrid ?] : [s.n.], [1594 ?] (h. 392r.-397v.).33. [Impreso] Casus moralis. Post expletum officium cuiusdam Praelati Regularis, ne Ecclesia diutius viduata maneret, vocales illius, soliciti de successore eligendo, ad eletionem conuenerunt...[S.l. : s.n., ca. 1656] (h. 398r.-401r.).
  • 34. [Impreso] Resolucion de vn caso, / Por el Doct. Iuan Lopez. Vn Padre General de cierta Religion, estando en Roma fue informado que en una de sus Provincias de España, avian muerto algunos Religiosos, dexando peculios de mucha cantidad, assi de dineros, como de otras alhajas, y utensilibus: los quales peculios los Prelados de la dicha Provincia desperdiciavan, y gastavan indebidamente. Y el dicho Padre Reverendissimo movido por aqueste informe dio orden y comission a un Vicario suyo q se informasse de la verdad del caso y los dineros de los dichos peculios que hallasse por gastar, hiziesse que no se gastassen, sino que se pussiessen en deposito: y los que se uviessen gastado los hiziesse restituir, y poner en el mismo deposito: y las alhajas y otros qualesquier bienes de los dichos peculios, si estuviessen en su propia specie, se puziessen tambien en deposito y si estuviessen ya gastado, o vendidos, los hiziesse restituir y poner en el mismo deposito: en ´q todo estuviesse guardado hasta la venida de el dicho Padre General a aquella Provincia... y venido su Revere[n]dissima, como legitimo administrador de aquellos bienes dispusiesse de ellos justa y legitimâmente. [España ? : s.n., 16--] (h. 402r.-404v.)