España. Consejo Real de Castilla., Higareda, I. E. d., Carlos III, . R. d. E., & Sine nomine. (1766). En la Villa de Madrid á catorce dias del mes de Abril de mil setecientos sesenta y seis, los Señores del Consejo de S.M. dixeron: Que por las Leyes del Reyno está prohibido bajo de graves penas, á proporcion de las personas, casos, tiempo, y lugar, la composicion de Pasquines, Sátiras, Versos, Manifiestos, y otros Papeles sediciosos, é injuriosos á Personas públicas, ó á qualquiera particular.
Chicago Style (17th ed.) CitationEspaña. Consejo Real de Castilla., Ignacio Esteban de Higareda, Rey de España Carlos III, and Sine nomine. En La Villa De Madrid á Catorce Dias Del Mes De Abril De Mil Setecientos Sesenta Y Seis, Los Señores Del Consejo De S.M. Dixeron: Que Por Las Leyes Del Reyno Está Prohibido Bajo De Graves Penas, á Proporcion De Las Personas, Casos, Tiempo, Y Lugar, La Composicion De Pasquines, Sátiras, Versos, Manifiestos, Y Otros Papeles Sediciosos, é Injuriosos á Personas Públicas, ó á Qualquiera Particular. [Madrid? : s.n. , 1766?], 1766.
MLA (9th ed.) CitationEspaña. Consejo Real de Castilla., et al. En La Villa De Madrid á Catorce Dias Del Mes De Abril De Mil Setecientos Sesenta Y Seis, Los Señores Del Consejo De S.M. Dixeron: Que Por Las Leyes Del Reyno Está Prohibido Bajo De Graves Penas, á Proporcion De Las Personas, Casos, Tiempo, Y Lugar, La Composicion De Pasquines, Sátiras, Versos, Manifiestos, Y Otros Papeles Sediciosos, é Injuriosos á Personas Públicas, ó á Qualquiera Particular. 1766.