La Diputacion nombrada por los Señores Dean, y Cabildo de esta Santa Iglesia, sobre materias de immunidad Eclesiastica, ha visto el parecer de los M. RR. PP. Theologos, y de los Abogados de esta Ciudad, que el señor Conde de Mejorada entregô à los señores Doctor Don Pedro Ruiz de Villadiego, Canonigo Doctoral, y Doctor Don Thomàs de Aguero, Canonigo Lectoral, par que lo participasse à dicha Diputacion, y se reduze à fundar , que el Estado Eclesiastico de esta Ciudad, no se puede considerar gravado, ni vulnerada su immunidad Eclesiastica con la imposicion, ò arbitrio de que vsa la Ciudad, aviendo cargado quatro maravedis en libra de carne, y tozino, dos para los empedrados, y otros dos para la libertad, y beneficio de la Alhondiga

Bibliographic Details
Main Author: Catedral de Sevilla.
Corporate Authors: Catedral de Sevilla. Cabildo (-), Sevilla. Ayuntamiento
Other Authors: Sine nomine (-)
Format: Book
Language:Castellano
Published: [Sevilla? : s.n 1715?]
Subjects:
See on Institución Colombina:https://opac.icolombina.es/opac/abnetcl.exe?TITN=22152
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