Pragmatica sancion, que su Magestad manda publicar. sobre la minoracion de los Juros... Por la qual ordenamos, y mandamos, que por punto general, para desde primero de Enero de este presente año de mil setecientos y veinte y siete en adelante, queden reducidos los Juros à los tres por ciento, á que lo quedaron los Censos en virtud de la citada Real Pragmatica de doze de Febrero del año de mil setecientos y cinco; y que los contratos que en otra manera se hizieren, sean en si ningunos, y de ningun valor, ni efecto, y que no se pueda en virtud de ellos pedir, ni cobrar, en juizio, ni fuera de èl; mas de à la dicha razon de treinta y tres mil, y vn terccio al millar, y los reditos à razon de à tres, en lugar de los cinco à que antes se pagaba

Detalles Bibliográficos
Autor principal: España.
Autor Corporativo: España (-)
Otros Autores: Sine nomine (-), Tamariz y Jerez, Andrés
Formato: Libro
Idioma:Castellano
Publicado: [España ? : s.n 1727?]
Materias:
Ver en Institución Colombina:https://opac.icolombina.es/opac/abnetcl.exe?TITN=22060
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Descripción
Notas:Es copia de la dicha Real Pargmatica, y sus Publicaciones, y tassa, que para el efecto acordado por esta Ciudad en su Cabildo de veinte y siete de Agosto prosimo passado la hize sacar. En Sevilla à diez y seis de Septiembre del año de mil setecientos y veinte y siete.
Descripción Física:[2] h. ; Fol
Lugar de publicación:España?