APA (7th ed.) Citation

España., Felipe V, . R. d. E., Sobremonte y Castillo, R. d., & Sine nomine. (1740). El Regente, y Oydores de la Audiencia del Rey Nro. Señor, que reside en esta Ciudad de Sevilla, à vos el Lizenciado D. Raymundo de Sobremonte y Castillo, Theniente Primero de Assistente de esta Ciudad: Sabed, que por Parte de Sevilla se pareciò ante Nos en diez y seis del corriente, haciendonos Relacion, que conforme à Derecho, Ordenanza, Real Provision, uso, y costumbre, que en los Recursos de Apelacion de las Juntas à quienes comete el expediente de algunos negocios, quando se vèn en su Ayuntamiento, aya de ser dando lugar, y sin la Personal assistencia del Theniente, como de los Caballeros Capitulares que la compusieron, y que han puesto ya su determinacion. s.n.

Chicago Style (17th ed.) Citation

España., Rey de España Felipe V, Raimundo de Sobremonte y Castillo, and Sine nomine. El Regente, Y Oydores De La Audiencia Del Rey Nro. Señor, Que Reside En Esta Ciudad De Sevilla, à Vos El Lizenciado D. Raymundo De Sobremonte Y Castillo, Theniente Primero De Assistente De Esta Ciudad: Sabed, Que Por Parte De Sevilla Se Pareciò Ante Nos En Diez Y Seis Del Corriente, Haciendonos Relacion, Que Conforme à Derecho, Ordenanza, Real Provision, Uso, Y Costumbre, Que En Los Recursos De Apelacion De Las Juntas à Quienes Comete El Expediente De Algunos Negocios, Quando Se Vèn En Su Ayuntamiento, Aya De Ser Dando Lugar, Y Sin La Personal Assistencia Del Theniente, Como De Los Caballeros Capitulares Que La Compusieron, Y Que Han Puesto Ya Su Determinacion. [Sevilla?: s.n, 1740.

MLA (9th ed.) Citation

España., et al. El Regente, Y Oydores De La Audiencia Del Rey Nro. Señor, Que Reside En Esta Ciudad De Sevilla, à Vos El Lizenciado D. Raymundo De Sobremonte Y Castillo, Theniente Primero De Assistente De Esta Ciudad: Sabed, Que Por Parte De Sevilla Se Pareciò Ante Nos En Diez Y Seis Del Corriente, Haciendonos Relacion, Que Conforme à Derecho, Ordenanza, Real Provision, Uso, Y Costumbre, Que En Los Recursos De Apelacion De Las Juntas à Quienes Comete El Expediente De Algunos Negocios, Quando Se Vèn En Su Ayuntamiento, Aya De Ser Dando Lugar, Y Sin La Personal Assistencia Del Theniente, Como De Los Caballeros Capitulares Que La Compusieron, Y Que Han Puesto Ya Su Determinacion. s.n, 1740.

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