España., Lemos y Beltrán, A. d., & Carlos III, . R. d. E. (1785). Real cedula de su Magestad de 12 de Diciembre de 1784, declarando por punto general estar comprehendidas en el goze de franquicias dl Real Decreto de diez y ocho de Junio de mil setecientos cincuenta y seis, y sin sujecion á opresiones gremiles, todas las Fábricas de Medias de Seda fina, Filadís, y Algodon, establecidas, y que se establezcan en estos Reynos. En la Imprenta Mayor de la ciudad.
Chicago Style (17th ed.) CitationEspaña., Antonio de Lemos y Beltrán, and Rey de España Carlos III. Real Cedula De Su Magestad De 12 De Diciembre De 1784, Declarando Por Punto General Estar Comprehendidas En El Goze De Franquicias Dl Real Decreto De Diez Y Ocho De Junio De Mil Setecientos Cincuenta Y Seis, Y Sin Sujecion á Opresiones Gremiles, Todas Las Fábricas De Medias De Seda Fina, Filadís, Y Algodon, Establecidas, Y Que Se Establezcan En Estos Reynos. Impresa en Sevilla: En la Imprenta Mayor de la ciudad, 1785.
MLA (9th ed.) CitationEspaña., et al. Real Cedula De Su Magestad De 12 De Diciembre De 1784, Declarando Por Punto General Estar Comprehendidas En El Goze De Franquicias Dl Real Decreto De Diez Y Ocho De Junio De Mil Setecientos Cincuenta Y Seis, Y Sin Sujecion á Opresiones Gremiles, Todas Las Fábricas De Medias De Seda Fina, Filadís, Y Algodon, Establecidas, Y Que Se Establezcan En Estos Reynos. En la Imprenta Mayor de la ciudad, 1785.