Villaumbrosa, P. N. d. G. . C. d., & Sine nomine. (1653). Su Magestad (Dios le guarde) propone a la Ciudad, dè su co[n]sentimie[n]to, para que (como està resuelto) se perpetue en empeño el seruicio de los ocho mil Infantes, que al presente corre, y se co[n]cedio por el Reyno junto en Cortes; escusando su Magestad el llamar agora a ellas, porq[ue] la vrge[n]cia de las necessidades presentes, no permite esta dilacion, y assi se ha propuesto a cada Ciudad en particular. s.n.
Cita Chicago Style (17a ed.)Villaumbrosa, Pedro Niño de Guzmán Conde de, y Sine nomine. Su Magestad (Dios Le Guarde) Propone a La Ciudad, Dè Su Co[n]sentimie[n]to, Para Que (como Està Resuelto) Se Perpetue En Empeño El Seruicio De Los Ocho Mil Infantes, Que Al Presente Corre, Y Se Co[n]cedio Por El Reyno Junto En Cortes; Escusando Su Magestad El Llamar Agora a Ellas, Porq[ue] La Vrge[n]cia De Las Necessidades Presentes, No Permite Esta Dilacion, Y Assi Se Ha Propuesto a Cada Ciudad En Particular. [Sevilla?: s.n, 1653.
Cita MLA (9a ed.)Villaumbrosa, Pedro Niño de Guzmán Conde de, y Sine nomine. Su Magestad (Dios Le Guarde) Propone a La Ciudad, Dè Su Co[n]sentimie[n]to, Para Que (como Està Resuelto) Se Perpetue En Empeño El Seruicio De Los Ocho Mil Infantes, Que Al Presente Corre, Y Se Co[n]cedio Por El Reyno Junto En Cortes; Escusando Su Magestad El Llamar Agora a Ellas, Porq[ue] La Vrge[n]cia De Las Necessidades Presentes, No Permite Esta Dilacion, Y Assi Se Ha Propuesto a Cada Ciudad En Particular. s.n, 1653.