Don Joseph de Anaya y Villegas, Escribano del Rey nuestro Señor en todos sus Reynos, y Señorios, y Mayor de Gobierno, y Asistencia de esta Ciudad de Sevilla, su Tierra, y Jurisdiccion, por S.M. en propiedad.. . . Certifico, que por Real Orden de diez y nueve de Marzo de este año, ha resuelto S.M. que el Vando, que se publico en la Villa, y Corte de Madrid por la Sala de Señores Alcaldes, en tres de Abril de mil setecientos cincuenta y uno, declarando comprehendidas en las antecedentes Reales Pragmaticas las Navajas de muelle con golpe, ò virola, Daga, y Cuchillo de punta, por no estar estas Armas comprehendidas en las Reales pragmaticas, que prohiben el de las blancas, ha mandado el Real Consejo de Castilla... se estienda este Vando, y su observancia, a todo el Reyno
Autor principal: | |
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Autores Corporativos: | , |
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Formato: | Libro |
Idioma: | Castellano |
Publicado: |
[España? :
s.n
1754?]
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Materias: | |
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Notas: | Bando fechado en Madrid a 4 de julio de 1754. |
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Descripción Física: | [2] h. ; Fol |
Lugar de publicación: | España? |