Lerín Bracamonte, J. d., & Sine nomine. (1735). Por la Suprema Potestad, y Regalias de su Mag. en el establecimiento de Estancos, Prohibicion de Comercios, y Concession de Monopolios, en el regimen temporal de sus Dominios, sin excepcion de los Eclesiasticos Regulares, y Seculares. Escribe el Doct. D. Juan de Lerin Bracamonte, Fiscal de S. Mag. en la Real Audiencia de Sevilla. En el pleito seguido por el Estado Eclesiastico, y Fiscal General deste Arzobispado, à que se han agregado otros de particulares Comunidades. Con la recaudacion general de Aguardiente, y otros Licores estancados, sobre que no se les impida a los Eclesiasticos la fabrica libre de Aguardiente de sus vinos proprios. En el recurso de fuerza, que ha traido, pretendiendo, se declare, la que en conocer, y proceder hace el Juez Eclesiastico en este negocio. s.n.
Cita Chicago Style (17a ed.)Lerín Bracamonte, Juan de, y Sine nomine. Por La Suprema Potestad, Y Regalias De Su Mag. En El Establecimiento De Estancos, Prohibicion De Comercios, Y Concession De Monopolios, En El Regimen Temporal De Sus Dominios, Sin Excepcion De Los Eclesiasticos Regulares, Y Seculares. Escribe El Doct. D. Juan De Lerin Bracamonte, Fiscal De S. Mag. En La Real Audiencia De Sevilla. En El Pleito Seguido Por El Estado Eclesiastico, Y Fiscal General Deste Arzobispado, à Que Se Han Agregado Otros De Particulares Comunidades. Con La Recaudacion General De Aguardiente, Y Otros Licores Estancados, Sobre Que No Se Les Impida a Los Eclesiasticos La Fabrica Libre De Aguardiente De Sus Vinos Proprios. En El Recurso De Fuerza, Que Ha Traido, Pretendiendo, Se Declare, La Que En Conocer, Y Proceder Hace El Juez Eclesiastico En Este Negocio. [Sevilla?: s.n, 1735.
Cita MLA (9a ed.)Lerín Bracamonte, Juan de, y Sine nomine. Por La Suprema Potestad, Y Regalias De Su Mag. En El Establecimiento De Estancos, Prohibicion De Comercios, Y Concession De Monopolios, En El Regimen Temporal De Sus Dominios, Sin Excepcion De Los Eclesiasticos Regulares, Y Seculares. Escribe El Doct. D. Juan De Lerin Bracamonte, Fiscal De S. Mag. En La Real Audiencia De Sevilla. En El Pleito Seguido Por El Estado Eclesiastico, Y Fiscal General Deste Arzobispado, à Que Se Han Agregado Otros De Particulares Comunidades. Con La Recaudacion General De Aguardiente, Y Otros Licores Estancados, Sobre Que No Se Les Impida a Los Eclesiasticos La Fabrica Libre De Aguardiente De Sus Vinos Proprios. En El Recurso De Fuerza, Que Ha Traido, Pretendiendo, Se Declare, La Que En Conocer, Y Proceder Hace El Juez Eclesiastico En Este Negocio. s.n, 1735.