Ribera Castañeda, A. d., & Sine nomine. (1659). Por los acreedores a la hazienda, y rentas del estado de Ossuna, en el pleyto que el abad y cabildo de la santa iglesia collegial de ella, sigue contra el Excelentissimo señor Duque, Conde de Vreña, su Patrono, sobre el aumento de congrua, que pretenden: A que se ha opuesto como terceros, discurso, que se reduze a dos partes. La primera, fundando ser preciso admitir la oposicion, y durante, no inovar en la via executiva. La segunda, respondiendo a lo que apoyando lo contrario, tiene alegado la parte de los prebendados. s.n.
Cita Chicago Style (17a ed.)Ribera Castañeda, Antonio de, y Sine nomine. Por Los Acreedores a La Hazienda, Y Rentas Del Estado De Ossuna, En El Pleyto Que El Abad Y Cabildo De La Santa Iglesia Collegial De Ella, Sigue Contra El Excelentissimo Señor Duque, Conde De Vreña, Su Patrono, Sobre El Aumento De Congrua, Que Pretenden: A Que Se Ha Opuesto Como Terceros, Discurso, Que Se Reduze a Dos Partes. La Primera, Fundando Ser Preciso Admitir La Oposicion, Y Durante, No Inovar En La via Executiva. La Segunda, Respondiendo a Lo Que Apoyando Lo Contrario, Tiene Alegado La Parte De Los Prebendados. [S.l.: s.n, 1659.
Cita MLA (9a ed.)Ribera Castañeda, Antonio de, y Sine nomine. Por Los Acreedores a La Hazienda, Y Rentas Del Estado De Ossuna, En El Pleyto Que El Abad Y Cabildo De La Santa Iglesia Collegial De Ella, Sigue Contra El Excelentissimo Señor Duque, Conde De Vreña, Su Patrono, Sobre El Aumento De Congrua, Que Pretenden: A Que Se Ha Opuesto Como Terceros, Discurso, Que Se Reduze a Dos Partes. La Primera, Fundando Ser Preciso Admitir La Oposicion, Y Durante, No Inovar En La via Executiva. La Segunda, Respondiendo a Lo Que Apoyando Lo Contrario, Tiene Alegado La Parte De Los Prebendados. s.n, 1659.