Instruccion de lo que se deve observar, para reglar en el reyno el consumo de la sal a los de estado eclesiastico. El Rey. En consequancia de lo que mandè en veinte y cinco...sobre que à los eclesiasticos de estos reynos no se venda la sal de aqui adelante sino al precio de onze, diez y sieta, y veinte y dos reales por fanega...eclara que en el repartimiento de la sal deben ser comprehendidos los militares y eclesiasticos, en la conformidad que se previene
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Formato: | 991009643136406719 |
Idioma: | Castellano |
Publicado: |
[Aranjuez] :
[editor no identificat]
[1724]
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Materias: | |
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